Sentencia condenatoria por delito flagrante en Tabule
El Tribunal de Garantías Penales de Esmeraldas declaró la culpabilidad y responsabilidad penal del ciudadano Andrés Iván G. Ch. en calidad de autor directo del delito de violación, perpetrado en contra de una mujer adulta mayor en el sector de Tabule. Tras valorar las pruebas presentadas por la Fiscal de la Unidad de Violencia de Género No. 1 de la provincia, los magistrados dictaron una sentencia de veintidós años de pena privativa de libertad.
Los hechos que motivaron la resolución judicial se registraron la noche del 25 de mayo de 2025, en el sector de Tabule. De acuerdo con la teoría del caso de la Fiscalía, la víctima descansaba en su domicilio privado cuando el ahora sentenciado ingresó de forma violenta a la vivienda portando un arma blanca. Bajo agresiones físicas, golpes e intimidación constante colocando un cuchillo en el cuello de la afectada, consumó el ataque sexual. Antes de huir del lugar, el agresor amenazó de muerte a la víctima si denunciaba lo sucedido ante las autoridades.
Pruebas periciales y científicas determinantes
Durante el desarrollo de la audiencia de juzgamiento, la Fiscalía General del Estado sustentó la acusación mediante un amplio paquete probatorio. Incluyó elementos testimoniales, técnicos y científicos de alta fiabilidad:
- El testimonio anticipado de la víctima adulta mayor.
- Informes y testimonios del perito médico-legal, perita psicológica y de trabajo social.
- Declaraciones de los agentes policiales aprehensores y peritos encargados del reconocimiento del lugar de los hechos.
- Análisis especializados de laboratorio en fluidos corporales y comparación genética de ADN.
Para los jueces del Tribunal, el conjunto de evidencias científicas y testimoniales fue contundente y suficiente. Rompiendo asíer la presunción de inocencia del procesado y fijar la pena privativa de libertad.
Reparación integral y sanciones económicas
Además de los 22 años de cárcel, el fallo del Tribunal contempla estrictas sanciones económicas y medidas de reparación a favor de la víctima:
- Multa económica: Pago de ochocientos (800) salarios básicos unificados del trabajador en general (equivalente a USD 368.000 considerando el rubro legal vigente de USD 460 para 2026).
- Reparación integral: Pago directo de 10.000 dólares a favor de la víctima afectada.
- Reparación inmaterial: Disposición de atención psicológica especializada, gratuita, continua e integral para la ciudadana, enfocada en tratar el trastorno de estrés postraumático que fue determinado pericialmente durante la etapa investigativa.
- Garantías de no repetición: Prohibición absoluta de que el sentenciado mantenga cualquier forma de acercamiento, intimidación, amenaza, comunicación o contacto, ya sea directo, indirecto o a través de familiares de la víctima.
Lea también🔗: Judicatura destituye a jueza del caso magnicidio de Fernando Villavicencio
Información jurídica del proceso
La Fiscalía procesó este caso con base en las normativas tipificadas en el artículo 171, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violación cometido mediante el uso de la violencia, en concordancia técnica con el artículo 42, numeral 1 (autoría directa) del mismo cuerpo legal ecuatoriano.
