Decreto Ejecutivo 366 redefine reglas del Sistema Nacional de Rehabilitación Social

Decreto Ejecutivo 366 redefine reglas del Sistema Nacional de Rehabilitación Social Decreto Ejecutivo 366 redefine reglas del Sistema Nacional de Rehabilitación Social

El Gobierno de Ecuador oficializó el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social mediante el Decreto Ejecutivo No. 366. Este cuerpo normativo regula el funcionamiento de los centros y los mecanismos de reinserción para las personas privadas de libertad. El Servicio Nacional de Atención Integral (SNAI) asume la responsabilidad de la administración, control y funcionamiento de estos establecimientos.

Estructura y niveles de seguridad

Los centros se clasifican según su infraestructura y nivel de riesgo en mínima, media y máxima seguridad. El reglamento exige condiciones sanitarias adecuadas y la provisión permanente de agua potable para garantizar la dignidad humana. Cada etapa del centro contará con pabellones diferenciados, incluyendo áreas para personas con doble vulnerabilidad por motivos de salud. El SNAI integrará un sistema informático para gestionar los expedientes de todas las personas privadas de libertad.

Derechos fundamentales y atención especializada

La normativa garantiza una alimentación adecuada con tres comidas diarias en vajilla homologada y acceso suficiente a hidratación. El Ministerio de Salud Pública supervisará la calidad nutricional y las dietas especiales bajo prescripción médica. Se prioriza la atención integral de mujeres gestantes, puérperas y en período de lactancia dentro del sistema penitenciario. Los hijos de las internas podrán convivir con ellas hasta los treinta y seis meses de edad.

Tecnología y vigilancia electrónica

La autoridad judicial puede disponer el uso de dispositivos de vigilancia electrónica para monitorear la ubicación geográfica en tiempo real. El SNAI ejecutará la instalación, control y seguimiento permanente de estos equipos portátiles para asegurar el cumplimiento de las medidas. Estos dispositivos se aplicarán en medidas cautelares, protección de víctimas o beneficios penitenciarios según el ordenamiento jurídico vigente. El equipo técnico reportará inmediatamente cualquier alerta de seguridad o mal uso del sistema electrónico.

Ejes de tratamiento para la reinserción social

La Rehabilitación Social efectiva se fundamenta en los ejes laboral, educativo, de salud, cultural, deportivo y de vinculación familiar. El eje laboral promueve la autonomía económica mediante capacitación técnica y actividades productivas que dignifican a la persona. Asimismo, el eje educativo garantiza el acceso universal a niveles de instrucción básica, bachillerato y programas de educación superior.

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Acceso a cambios de régimen

Las personas privadas de libertad pueden acceder al régimen semiabierto tras cumplir el sesenta por ciento de su pena. Para este beneficio, se requiere una calificación mínima de cinco puntos en la evaluación del plan individualizado de ejecución de la pena. Posteriormente, el régimen abierto permite la convivencia en el entorno familiar una vez acreditado el ochenta por ciento de la condena. El objetivo central de la Rehabilitación Social es propiciar la reinserción económica y prevenir la reincidencia delictiva en el país. El Estado ecuatoriano busca transformar la realidad de las personas privadas de libertad mediante un enfoque de derechos y desarrollo humano.

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