Consenso legislativo para viabilizar la Ley de Extradición
En una sesión calificada como histórica para la seguridad jurídica del país. El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este martes 7 de julio de 2026, en segundo debate, el proyecto de Ley de Extradición. La votación alcanzó una unanimidad absoluta de 139 votos afirmativos, reflejando la urgencia de las bancadas legislativas por reestructurar el marco normativo nacional. Y sintonizarlo con los desafíos que impone la lucha contra las estructuras criminales transnacionales.
El proyecto de ley pasa de inmediato a manos del Poder Ejecutivo para su respectiva sanción o veto (objeción), conforme lo determinan los plazos constitucionales. Esta reforma integral busca modernizar un sistema de extradición que no había sido actualizado significativamente en más de dos décadas. La normativa elimina las lagunas legales que entorpecían la cooperación judicial internacional.
Cumplimiento del mandato de la Consulta Popular
La asambleísta Rosa Torres, ponente del informe por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, defendió la solidez técnica de la norma. Destacó además, que fue edificada mediante un debate multisectorial que incluyó aportes de la academia, expertos internacionales y entidades públicas. Durante su intervención, Torres recordó que esta ley instrumentaliza de forma directa la voluntad expresada por la ciudadanía en las urnas durante la Consulta Popular de 2024, donde el país le dio un «Sí» rotundo a la extradición de nacionales.
«Esta ley es una respuesta contundente para contrarrestar la actuación de las mafias y el crimen organizado en el Ecuador. El mandato ciudadano nos impuso la enorme responsabilidad de crear una norma sólida, eficiente y que esté a la altura de las circunstancias actuales del país«, enfatizó la legisladora.
Delimitación de funciones y combate a la impunidad
El análisis técnico y jurídico desarrollado por la mesa legislativa detalla que el corazón de la reforma radica en ordenar y unificar las reglas del juego. Tanto para la extradición activa (cuando Ecuador solicita a un procesado) y extradición pasiva (cuando otro Estado lo requiere). Los puntos clave de la normativa aprobada incluyen:
- Reducción de la discrecionalidad: Establece un protocolo rígido que limita las interpretaciones arbitrarias en las fases administrativa y judicial.
- Delimitación institucional: Define con total claridad los roles correspondientes a la Corte Nacional de Justicia (fase judicial) y a los canales de la vía diplomática (fase administrativa/Cancillería).
- Garantías procesales: Amplía los parámetros técnicos para asegurar que los procesos se ejecuten bajo un estricto principio de seguridad jurídica, impidiendo que los criminales utilicen artimañas legales para dilatar su envío.
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Durante el debate, en el que intervinieron 15 legisladores, se reiteró la consigna de que el territorio ecuatoriano dejará de funcionar como un refugio de impunidad para actores delictivos internacionales. No obstante, las bancadas coincidieron en una advertencia fundamental: la ley por sí sola no erradicará la crisis de inseguridad si no viene acompañada de una depuración profunda contra la corrupción arraigada dentro de la propia Función Judicial.
