Las autoridades judiciales han iniciado un proceso penal contra Augusto V., Yadira S., Nicole B. y Eduardo F., quienes son investigados por su presunta vinculación con el delito de asociación ilícita. La audiencia de formulación de cargos estuvo a cargo del fiscal general subrogante, Wilson Toainga, quien expuso el presunto rol de cada acusado en los hechos ocurridos entre diciembre de 2024 y los primeros meses de 2025.
Investigación y allanamiento en el Cpccs
Como parte de las diligencias, el 24 de enero de 2025 se realizó un allanamiento en las instalaciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), tras una denuncia recibida por la Fiscalía. Durante este operativo, se incautaron varios teléfonos celulares pertenecientes a Augusto V., cuyo contenido reveló presuntas estrategias para tomar el control de instituciones del Estado mediante acciones irregulares.
Los indicios apuntan a que los exconsejeros habrían utilizado su cargo para designar autoridades afines a un partido político, con la intención de influir en entidades como la Superintendencia de Bancos. Además, habrían buscado obstaculizar decisiones de la justicia electoral, garantizándose impunidad y prolongando su permanencia en el Cpccs a través de maniobras jurídicas irregulares.
Elementos de convicción presentados por la Fiscalía
El Ministerio Público sustentó la acusación con diversos elementos de convicción, entre los cuales destacan:
- Informes de extracción y materialización de chats obtenidos de los dispositivos de los implicados.
- Análisis forense de informática.
- Declaraciones de denunciantes.
- Parte policial del allanamiento.
- Inspección ocular técnica y reconocimiento de objetos e indicios.
- Documentación institucional, incluyendo resoluciones y actas del Pleno.
Medidas cautelares y proceso judicial
Ante la gravedad de los hechos, el juez de la causa dictó medidas cautelares para los acusados, quienes deberán presentarse periódicamente cada quince días y tienen prohibida la salida del país. Además, se dispuso la retención de fondos por 5.640 dólares para garantizar el pago de posibles sanciones económicas. La instrucción fiscal tendrá una duración de noventa días.
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Marco legal del delito de asociación ilícita
El delito de asociación ilícita está tipificado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y conlleva una pena privativa de libertad de tres a cinco años. La Fiscalía continúa con las investigaciones para esclarecer los hechos y determinar la responsabilidad de los involucrados.
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— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) March 16, 2025