Seis expolicías sentenciados por traficar municiones del Estado
Un Juez de la Unidad Judicial Penal de Iñaquito dictó sentencia condenatoria contra seis ciudadanos, exintegrantes de la Policía Nacional, por el delito de comercialización de armas de fuego, municiones y explosivos. Los implicados utilizaron su acceso privilegiado a los rastrillos policiales para desviar municiones y venderlas a grupos de delincuencia organizada (GDO).
El Modus Operandi: De los rastrillos a las bandas
La investigación de la Fiscalía de Transparencia y Lucha contra la Corrupción reveló que, durante el primer semestre de 2025, cinco de los sentenciados aprovecharon su cargo como custodios de rastrillos en diversos distritos. Su función era proteger el armamento, pero en su lugar, se apropiaron de municiones de diferentes calibres para comercializarlas.
La trama incluía:
- Venta digital: Uso de una tienda virtual para ofrecer el material.
- Logística: Envío de municiones a distintas provincias a través de encomiendas en transporte interprovincial.
- Evidencias digitales: Chats de WhatsApp y Telegram materializados de sus teléfonos celulares, donde se detallaban las transacciones y el lucro obtenido.
Sanciones y Procedimiento Abreviado
Los procesados se acogieron al procedimiento abreviado (Art. 635 del COIP), aceptando su participación en los hechos a cambio de una reducción de la pena:
- 28 meses de cárcel: Para Jorge G., Cristian G., Francisco P., Luis S. y Miguel Z., quienes estaban en servicio activo al momento del delito (agravante por ser servidores públicos).
- 20 meses de cárcel: Para Jorge Fernando B. C., quien se encontraba en servicio pasivo.
Reparación integral y No repetición
Además de la prisión, el Juez impuso medidas ejemplarizantes:
- Disculpas públicas: Deberán realizarse en una rueda de prensa en las instalaciones de la Policía Nacional, transmitida por Radio Vigía.
- Prohibición de acercamiento: Los sentenciados no podrán acercarse a ninguna dependencia policial, especialmente a los rastrillos de armamento.
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Información Jurídica
El delito está tipificado en el artículo 361 del COIP. Aunque la pena ordinaria es de 5 a 7 años, el uso del procedimiento abreviado y la aceptación de los cargos permitieron fijar las penas mencionadas.
